Peso del Equipaje de Mano
Se deben cumplir con las normas aeronáuticas que definen un peso y medida tope para el equipaje que uno puede transportar consigo sin necesidad de ser despachado a la bodega del avión. Estos pesos y medidas máximas dependen si los vuelos son de cabotaje o internacionales y también de la categoría de ticket aéreo contratado.
Clases de Vuelos | Categoría | Peso |
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Vuelos de Cabotaje Turista | Turista | 5 kg |
Vuelos de Cabotaje Economy | Economy | 10 kg |
Vuelos Internacionales | Turista | 10 kg |
En el caso de exceder en el peso o en las medidas o en ambas limitaciones será exigido ser despachado en la bodega de la aeronave, no pudiendo ubicarlo en los compartimientos que se encuentran arriba de los asientos ni en los espacios debajo de los mismos.
Consejo: Por lo general los aeropuertos en los mostradores del check-in cuentan con balanzas de medición de volúmenes y peso. Aconsejamos a comprar las balanzas manuales que ocupan muy poco espacio y pesar las valijas con anticipación para evitar excedernos de peso y deber abonar costos por exceso de equipaje.
Peso del Equipaje a despachar: franquicias
Se considera franquicia de equipaje a todo aquello que el pasajero puede transportar sin costo extra, incluyendo el equipaje de mano como el despachado. Existen 2 clases de franquicia de equipaje: 1) Método por peso: Se define una cantidad de kilogramos autorizados, el exceso paga un cargo. 2) Método por pieza:
Se define una cantidad de número de piezas en base a volumen y peso, el exceso abona un costo extra.
Método por Peso - Vuelos | Clase | Peso |
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Vuelos de Cabotaje | Turista | 15 kg |
Vuelos Regionales | Turista | 20 kg |
Vuelos de Cabotaje | Economy | 30 kg |
Vuelos Regionales | Economy | 30 kg |
Método por Pieza – Vuelos | Clase | Piezas |
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Vuelos de Cabotaje | Turista | 1 pieza x 15 kg |
Vuelos Regionales | Turista | 1 pieza x 20 kg |
Vuelos de Cabotaje | Economy | 2 piezas x 15 kg |
Vuelos Regionales | Economy | 2 piezas x 20 kg |
Vuelos Internacionales provenientes de Europa | Turista | 1 pieza x 23 kg |
Vuelos Internacionales provenientes de USA | Turista | 2 piezas x 23 kg |
Vuelos Internacionales provenientes de Europa | Club Cóndor | 3 piezas x 23 kg |
Vuelos Internacionales provenientes de USA | Club Cóndor | 3 piezas x 23 kg |
Infantes
En el sistema por peso no tienen derecho a franquicia. Sólo pueden llevar un cochecito o andador en el portaequipaje de pasajeros sujeto a espacio disponible. En el sistema por piezas si no ocupan asiento tendrán derecho a una valija de 10 kg de peso.
Franquicia Total y Franquicia más alta
Cuando los pasajeros viajan en el mismo vuelo, fecha y destino se autoriza a considerar una franquicia total por todos los pasajeros. Cuando se viaja a un destino regional o internacional y luego a un destino de cabotaje sean o no vuelos de conexión se aplicará la franquicia más elevada. En caso de cambiar de clase de vuelo, la franquicia que se considera es la de la clase original comprada.
Vuelos regionales
Los vuelos regionales son entre Argentina y Uruguay, Brasil, Paraguay, Bolivia, Perú, Colombia y Chile.
Exceso de Equipaje
Se define como exceso de equipaje cuando supera en cantidad de piezas o en kilos de peso la franquicia autorizada. Se cobra en el momento de efectuar el check-in, al momento previo al embarque.
Kilos Totales | Exceso | Costo por exceso |
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16 a 20 kg | De 1 a 5 kg | 100 $ |
21 a 30 kg | De 6 a 15 kg | 180 $ |
31 a 40 kg | De 16 a 25 kg | 360 $ |
Más de 41 kg | A partir de 26 kg | 20 $ por kilo excedente |
Kilos Totales | Exceso | Costo por exceso |
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31 a 40 kg | De 1 a 10 kg | 180 $ |
41 a 55 kg | De 11 a 25 kg | 360 $ |
Más de 56 kg | A partir de 26 kg | 20 $ por kilo excedente |
Objetos prohibidos para transportar durante el vuelo
Elementos prohibidos en el equipaje de mano
Hay que tener en cuenta que los siguientes elementos no pueden llevarse en el equipaje de mano: elementos cortantes o con punta, tijeras, alicates, cuchillos, cúter, limas, agujas de tejer o destornilladores y similares. Toda clase de líquidos, excepto leche para bebés, pasta dentífrica, bronceadores, bebidas, shampoo o similares y diferentes clases de cremas.
Elementos prohibidos en general
Hay que tener en cuenta que los siguientes elementos no pueden llevarse en el equipaje de mano y en el equipaje a ser despachado en la bodega del avión: toda clase de explosivos (fuegos artificiales, bengalas, etc. ), objetos propensos a inflamarse en estado sólido o líquido, como pinturas, solventes, alcohol en gel, líquido para encendedores, fósforos, tampoco puede despacharse gases comprimidos, inflamables o no inflamables, como aerosoles, tanques para la práctica de buceo, garrafas de gas para campamento o cartuchos de gas descartables, gas butano, etc. Se prohíbe el transporte de armas de fuego cargadas, tanto así como las municiones, gases pimienta y lacrimógeno, pólvora y todo material de pirotecnia. Existe la excepción de despachar armas de fuego descargadas siempre y cuando presenten la autorización validada por la autoridad policial. Los elementos corrosivos no se pueden despachar, sean ácidos o alcalinos, como ser lavandinas, amoníacos, limpiadores de hornos o baterías derramables. También se incluye materiales radiactivos, oxidantes, irritantes, infecciosos o venenosos como cianuro, arsénico, herbicidas o insectisidas. Aparatos que contengan mercurio excepto termómetros de mano para tomarse la temperatura personal del cuerpo.
A partir del año 2008 se prohibió el transporte de baterías de litio sueltas que se encuentren en el equipaje despachado en bodega, en los vuelos aéreos provenientes o hacia USA, excepto que se encuentren instaladas en sus aparatos electrónicos. A fines del 2010 se agregó la prohibición de despachar cartuchos de impresora con un peso mayor a 453 kg. Se aceptará sólo como carga, pero no podrá despacharse en la bodega.
Elementos autorización excepcionalmente
Se puede transportar aerosoles en reducidos volúmenes como por ejemplo perfumes, colonias y medicinas con alcohol. También se puede despachar bebidas alcohólicas hasta 5 litros por persona, las cajas de las bebidas deben estar termo -selladas.
Equipaje especial
1.- Equipaje de amplio volumen
Si se desea llevar un elemento voluminoso se deberá contratar asientos adicionales. Cada bulto no deberá pesar más de 75 kilos por asiento y deberá comprar los asientos necesarios con una anticipación de 12 horas. En el caso especial de las guitarras las mismas deben ser despachadas en un embalaje rígido.
2.- Equipaje deportivo
Los siguientes equipos pueden transportarse como equipaje común: Equipo de golf, de ski o snowboard, de caza y pesca deportiva, de buceo, de surf o similares y transporte de bicicletas. Pero existen limitaciones que las exponemos a continuación. Pueden formar parte de la franquicia libre o abonar un cargo excedente, dependiendo si supera o no los topes permitidos.
- Equipo de Golf: Una bolsa con palos y un par de zapatos.
- Equipo de Esquíes: Un par de esquís, de botas, de bastones o una tabla de snowboard.
- Equipos de Pesca: Dos cañas, un reel, una red, un par de botas y una caja de aparejos de pesca.
- Equipo de Surf: Una tabla de surf, wakeboard, sandboard o similar.
- Equipo de Caza: Dos rifles, blanco, 2 escopetas o 5 pistolas, 10 kg de munición en total por todas las armas, supresores de sonidos y herramientas.
- Bicicletas: Bicicleta de un asiento con manubrios plegados, pedales removidos, cubiertas desinfladas y guardada en un estuche rígido.
- Equipo de Buceo: Dos tubos de oxígeno vacíos, traje de neoprene y un par de patas de rana.
3.- Transporte de Armas
Los objetos que se denominan armas son las armas de fuego independientemente del tipo y calibre, armas de fuego coleccionables sin importar si están utilizables, juguetes que imiten armas de fuego y municiones, elementos contundentes, herramientas, objetos cortantes con filo o punta y todo elemento que pueda originar daño. Todos estos objetos deben ser despachados a la bodega del avión. En el caso de las armas no pueden estar cargadas y es obligatorio desarmarlas (desmontarlas) cumpliendo con las normas de seguridad. Está terminantemente prohibido el traslado de armas de guerra. Los pasajeros que pertenezcan a fuerzas de seguridad o fuerzas armadas que viajen con armas de portación, sean revólveres o pistolas deberán utilizar el porta-armas o directamente despacharlas. Deberán presentarse ante la Autoridad de Control de Seguridad del Aeropuerto. El trámite es el siguiente: se debe descargar el arma en un lugar aislado y será embalada con las municiones y cargadores en la bolsa porta-armas, la misma se sella con un precinto de seguridad. Al llegar a destino debe retirarla presentando un recibo identificatorio.
Para el egreso deberán acreditar la documentación expedida por el Registro Nacional de Armas (R.E.N.A.R.) y para el ingreso deberán presentar la autorización de tenencia del país de origen, en la misma debe figurar tipo, marca, modelo, calibre, número de serie y municiones. En ambos casos deben ser personas mayores de edad.
4.- Traslado de Restos Humanos
Se acepta el traslado de cenizas, restos humanos cremados en un servicio fúnebre, los mismos puede ser llevados en el equipaje de mano. La documentación obligatoria a presentar en los vuelos de cabotaje son los certificados de defunción y de cremación. En el caso de vuelos internacionales los mismos certificados pero presentando original y copia. Pero tiene que presentar el certificado de embarque otorgado por la Oficina de Sanidad de los Aeropuertos y el visado del consulado del país de destino.
5.- Traslado de Órganos Humanos
Se autoriza el traslado de órganos humanos con el único propósito de trasplante siempre y cuando fuera solicitado por el INCUCAI, el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implantes.
Aeropuerto | Iniciales | Dirección | KM | TE |
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Aeroparque | AEP | Av. Costanera Rafael Obligado S/N | 0810-222-VOLAR (86527) | |
Catamarca | CTC | Ruta Provincial 38 Km 18 | 22 Km | 0383-4430080 |
Bariloche | BRC | Ruta Nacional Nro 8 S/N | 16 km | 0294-4405026 |
Chapelco | CPC | Ruta Provincial 234 S/N | 22 km | 02972-427636 |
Comodoro | CRD | Camino Vecinal González Km 9 | 12 km | 0297-4548126 |
Córdoba | COR | Camino a Pajas Blancas | 8,5 km | 0351-475-3010 |
Calafate | FTE | Ruta Provincial Nro 11 | 22 km | 02902-491220/491230 |
Esquel | EQS | Ruta 40 Km 21 | 21 km | 02945-452688 |
Ezeiza | EZE | Ruta Nacional A002 | 38,7 Km | (54-11) 4480-5000 |
Puerto Iguazú | IGR | Anexo Ruta Nacional 101 | 25 Km | 03757-420915 |
Jujuy | JUJ | Ruta Nacional 66 S/nro. – Perico - | 35 Km | (54) 0388-4911109/4911108 |
La Rioja | IRJ | Ruta Provincial 5, Km 7 | 7 Km | 0380-4427239 |
Mendoza | MDZ | Ruta Nacional 40 N. S/N. Las Heras | 10 Km | 0261 4487320 |
Río Gallegos | RGL | Ruta Nacional Nro. 3 | 7,6 km | - |
Salta | SAL | Ruta 51, Km. 5 | 10 Km | 0387-4241200 |
San Juan | UAQ | Ruta 20 - 9 de Julio | 12 Km | 0264-4250487 |
Trelew | REL | Ruta Nacional N° 3, Km. 1450 | 8 Km | 0280-4431155 |
Tucumán | TUC | Localidad de Cevil Pozo CP.4178 | 10 Km | 0381-4260016 |
Ushuaia | USH | Rotonda Malvinas Argentinas S/nro. | 4,5 Km | 02901-436586 |
CHECK-IN: EMBARQUE
Hay que presentarse 2 horas antes para efectuar el check-in si se llega con equipaje para despachar y 1 hora y media si se arriba sin equipaje, para vuelos nacionales.